lunes, 2 de septiembre de 2013

ALGUNAS REFLEXIONES EN TORNO A LA CAZA.

Hace unos días, trasteando por esto que le llaman internet, encontré una noticia muy interesante de una comunidad autónoma, en concreto la de Aragón y que viene a colación de las esperas por daños que tenemos autorizadas, en nuestro caso para las viñas.

Al parecer el departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Aragón, en su plan de caza anual para la temporada 2013/2014, ha autorizado la luz artificial en el momento del disparo para las esperas nocturnas al jabalí. Ya tenemos otra comunidad más que se suma al carro del sentido común, e incluye este punto en su reglamento de caza.
 
Que alguien me diga si aquí está prohibida la luz atificial, ¿cómo identifico la pieza una noche sin luna?...¿hasta cuándo se va a prohibir la luz artificial en el disparo en Extremadura?... tiremos de sentido común ya de una vez.

Tengo constancia que desde AEXA, (asociación extremeña de aguardistas) se ha instado a los responsables en materia de caza, del gobierno de Extremadura, a la modificación de la ley de caza o inclusión de un apartado donde autorice la luz artificial en las esperas al jabalí. En este sentido, hay que reconocer la gran labor que están realizando los responsables de la asociación a favor de los aguardos al jabalí, y también en lo que nos atañe a nosotros, es decir, los aguardos de jabalí por daños a la agricultura.


Os dejo el artículo donde refleja la autorización de luz artificial.
Artículo 19. Esperas.
Las esperas o aguardos podrán ser tanto diurnas como nocturnas, estas últimas se permiten únicamente para el control de daños a la agricultura. Deberán ser autorizadas por escrito por el titular del coto. El escrito deberá obrar en posesión del cazador y en él se reflejarán la identidad del cazador, el día de la espera y los datos concretos de polígono y parcela donde se va a realizar la espera. De acuerdo con lo establecido en el artículo 50.a) de la Ley 5/2002, de 4 de abril de Caza de Aragón, en las esperas nocturnas se podrán utilizar dispositivos que permitan iluminar las piezas de caza objeto de control.

Otro punto a destacar de esta ley Aragonesa, es la posibilidad de dejar las vísceras de los animales abatidos en el campo para que las aves carroñeras y demás fauna salvaje puedan alimentarse de las mismas, tal y como se ha hecho toda la vida hasta que quisimos "ser más papistas que el papa".
Desde siempre, las aves carroñeras han sido las encargadas de dar buena cuenta de los cadáveres de animales muertos o restos de los mismos procedentes de la actividad cinegética o ganadera.
A modo de ejemplo, aquí tenéis cómo dejaron los buitres en breve espacio de tiempo, el cadáver de un gran jabalí, tirado en espera nocturna hace unos años pero que se me fue pinchado. Al día siguiente, temprano, reanudé su búsqueda con la esperanza de encontrarlo y vaya que sí lo encontré, pero de esta guisa.
Cuando aquellos que nos legislan y hacen las leyes, cambian esa tendencia natural desde siglos, los animales pasan hambre y ocurren ataques de estas aves a las explotaciones ganaderas, llegando incluso a matar corderos. De hecho, aquí en el pueblo no es nada nuevo pues se han producido ataques de buitres. Para solucionarlo, se propuso en su día, la creación de muladares, esto es, "vertederos" de cadáveres de animales para alimentar a todo tipo de aves necrófagas, pero bajo nuestro punto de vista los resultados no han sido los esperados, ya que son pocos puntos, en zonas muy concretas y alejados unos de otros.

Señores, no es normal, que después de una acción cinegética tipo montería, batida o espera de jabalí, tengamos que enterrar los restos de piel y vísceras perfectamente sanas, en una poza previamente autorizada para tal efecto. ¿por qué no se pueden abandonar en el monte para que puedan ser consumidas por buitres, zorros, meloncillos y demás fauna salvaje?... ¿por qué no aprendemos de nuestros errores y se cambia esa absurda legislación?... en Aragón ya lo han hecho... ¿para cuándo en Extremadura?


El artículo del plan de caza de Aragón al que hago referencia.
Artículo 16. Fomento de las especies necrófagas mediante el abandono de carne o vísceras procedentes de animales cazados.
Con el objeto de favorecer las poblaciones de especies necrófagas se podrán abandonar en el mismo terreno donde hayan sido cazados las carnes, vísceras y restos de animales cazados. En la medida en que ello sea posible, y a criterio del cazador, se intentará disponer estos restos en un lugar despejado de vegetación con el fin de favorecer su consumo por las aves necrófagas. En todos los casos, estos restos se retirarán de los cauces de agua y lugares en las que ésta esté embalsada.

Si queréis consultar la Orden completa pinchar en el siguiente enlace
ORDEN de 3 de junio de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan General de Caza para la temporada 2013-2014. (DE ARAGÓN)

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